Subproductos

Subproductos

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Los Reglamentos (CE) 1069/2009 y 142/2011 establecen normas en materia de salud pública y animal aplicables a la recogida, transporte, almacenamiento, manipulación, utilización y eliminación de los subproductos animales con el objeto de impedir que estos productos supongan un riesgo para la salud humana y/o animal.

Subproductos: son los cuerpos enteros o partes de animales o productos de origen animal no destinados al consumo humano, por los siguientes motivos:

• Ser declarados no aptos para el consumo humano por la inspección veterinaria

• No ser comestibles

• Razones comerciales

En los mataderos se genera un gran volumen de subproductos de origen animal, los cuales para evitar riesgos para la salud pública, sanidad animal y medio ambiente deben eliminarse de forma higiénica conforme establece la normativa vigente.

Dentro de estos subproductos se incluyen desde los cadáveres a los restos cárnicos no comercializados para el consumo humano, incluyendo el estiércol y otros productos técnicos. Todos estos productos tienen que trasladarse a plantas u otros destinos autorizados para su eliminación.

Para garantizar la eliminación correcta de todos estos subproductos, y especialmente de los materiales especificados de riesgo (MER), los establecimientos deben cumplir una serie de obligaciones, siendo el SVO el encargado de asegurarse de que el operador del matadero toma las medidas necesarias para evitar que la carne se contamine con MER y que retira, separa, y en su caso, marca estos productos conforme a la normativa.

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